Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0425/2013

N° Receptoría: H-1VI-7-C2013

Fecha: 2013-07-22

Carátula: RUIZ DIAZ NATALIA S/ AMPARO

Descripción: CEDULA SECRETARIA-FISCALIA DE ESTADO

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Fiscalía de Estado

Domicilio: Alvaro Barros nº 328 PB - (constituido)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RUIZ DIAZ NATALIA C/ S/AMPARO", Expte. Nº 0425/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 11 de julio de 2.013.- VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la acción de amparo interpuesta a fs. 7 y ordenar a la obra social IPROSS y ordenar que entregue a la Sra. Esmilda Esther Maglione los medicamentos (Pertuzamab, Trastuzumab y Docetaxel Trihidrato) requerido por el medico tratande hasta la finalización del tratamiento, debiendo entregar las dosis necesarias para la devoluciòn de la medicacion que le fuera facilitada para la primera aplicación de la quimioterapia prescripta, y las dosis restantes para las proximas aplicaciones, en el plazo de 24 hs. todo ello, bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de aplicar astreintes a razón de $ 1.000 por cada día de demora.- II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. María Laura Dumpe - Juez de Feria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de julio de 2013.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.1994CV*

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Poder Judicial de Río Negro