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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36817
Fecha: 2006-05-04
Carátula: HERNANDEZ Ada Dalila C/TUNI Carlos Marcelo S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: se ordena oficio de embargo.-
//neral Roca, 04 de Mayo de 2006.-
Al punto 1, téngase presente lo manifestado y agréguese el oficio adjuntado sin diligenciar.-
Al punto II, trábese embargo sobre el bien denunciado, por las sumas detalladas a fs. 13, a cuyo fin librese oficio a la empleadora, haciendole saber que deberá descontar de los haberes que tenga a percibir el demandado en el porcentaje establecido por ley, y depositarlos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia SA sucursal General Roca.-
Oportunamente, notifiquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro