include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37281
Fecha: 2006-05-04
Carátula: GOSENDE Victorino y otros c/ BEÑALDO Cesar y Otros S/ Sumario
Descripción: contesta dem.
General Roca, 04 de mayo de 2.006.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Téngase por contestada en legal tiempo y forma la demanda.-
De la documentación acompañada, traslado. Not.-
Intímese al presentante a acreditar, en el término de TRES días, la personería que invoca respecto de Juana Valenzuela, atento no coincidir el poder general acompañado a fs. 309/311 con lo mencionado en el punto I de fs. 315, bajo apercibimiento de tenerle por no presentada la contestación respecto de la demandada mencionada precedentemente. Not.-
Asimismo aclare si César Beñaldo y Sebastián César Beñaldo es una misma y única persona.-
Hágase saber que deberá acompañar el bono ley 2897, art. 8*, por cada profesional interviniente.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 313/314.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
<*****>
Poder Judicial de Río Negro