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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29829III
Fecha: 2006-05-03
Carátula: PARRA SEGURA Miguel c/FORNAGUEIRA Juana S/ Ejecutivo
Descripción: A CHEQUE
//neral Roca, 3 de MAYO de 2006.=
Líbrese cheque a la orden de Daniela Stobbia por la suma de $ 123,14.- en concepto de: a cuenta de liquidación.
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Miguel Parra Segura en la suma de $.....-(M.B.$ 4.686,60.- -retiros efectuados- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En........se libró cheque N°........-CONSTE.
En.........retiro cheque DANIELA STTOBIA. Conste.
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Poder Judicial de Río Negro