Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0194/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-03

Carátula: SPECIALE GLORIA C/ GRAZIANO ROSANA MABEL Y OTRA S/ DESALOJO

Descripción: prov

EXPTE. N° 0194/2006

CARATULA: SPECIALE GLORIA C/ GRAZIANO ROSANA MABEL Y OTRA S/ DESALOJO

Viedma, mayo de 2006.-

Por presentada, parte y domiciliada. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el contrato original con sus cláusulas modificatorias y los pliegos de posiciones.-

Previo a todo, cúmplase en forma con la intimación prevista por el art. 5º de la Ley 23.091, ello por cuanto no se ha consignado el plazo dispuesto en la norma citada.-

Existiendo divergencias en el nombre de la actora conforme surge de la documental acompañada y escrito de demanda, aclárese dicha circunstancia.-

Toda vez que la copia del contrato de locación que registra el pago de los sellados carece de validez legal por ser fotocopia simple, devuélvase la misma a su presentante.-

A los fines que se expida con relación los sellados abonados como así también con respecto al aforo del contrato de locación pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse efectuado las reservas ordenadas bajo registro S-16/06, S-17/06 y S-18/06. Conste.-

Secretaría, mayo de 2006.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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