Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0639/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-03

Carátula: PASCUAL AZUCENA CECILIA C/ MINOR MARIO AMERICO S/ ALIMENTOS S/ INCIDENTE DE REDUCCION DE CUOTA ALIMENTARIA

Descripción: DESISTIMIENTO CON REGUL. HON.

EXPTE. Nº: 0639/2005.-

CARATULA: PASCUAL AZUCENA CECILIA C/ MINOR MARIO AMERICO S/ ALIMENTOS S/ INCIDENTE DE REDUCCION DE CUOTA ALIMENTARIA.-

Viedma, mayo de 2006.-

Atento lo peticionado por el incidentista a fs. 35, la conformidad prestada por la incidentada a fs. 37 y de conformidad con lo previsto en el art. 304 del C. Pr., tiénese al incidentista por desistido del presente incidente, con costas (art. 73 segundo párrafo del C. Pr.), regulándose los honorarios profesionales de los Dres. Mariela Biagetti y Silvio Javier Sagarna, en conjunto, en la suma de $ 200 (5 jus) y los de los Dres. María Gabriela Benito y Abel Barrosa, en conjunto, en la suma de $ 120 (3 jus). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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