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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0077/2006
Fecha: 2006-05-03
Carátula: CICCONE EDGARDO SILVIO C/ VITALI MENDEZ LUCIANA S/ SUMARIO - DESALOJO
Descripción: ART. 489
EXPTE. Nº: 0077/2006.-
CARATULA: "CICCONE EDGARDO SILVIO C/ VITALI MENDEZ LUCIANA S/ SUMARIO - DESALOJO".-
Viedma, mayo de 2006.-
Atento lo peticionado, el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa y conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 8 de junio de 2.006 a las 10:30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro