Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0851/00/5

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-03

Carátula: CAYUQUEO NORMA AIDEE C/ VILLALBA HERMES ALBERTO S/ ALIMENTOS

Descripción: PJROV.VARIAS J (J)

EXPTE. Nº 0851/00/5.-

CARATULA: CAYUQUEO NORMA AIDEE C/ VILLALBA HERMES ALBERTO S/ ALIMENTOS.-

Viedma, mayo de 2.006.-

1) Atento el estado y constancias de autos, no habiendo manifestado oposición alguna el demandado con relación al traslado conferido a fs. 50, 2do. párrafo, modifícase la forma de percepción de la cuota alimentaria homologada a fs. 14, en consecuencia, líbrese oficio a la Dirección del Personal de la Prefectura Naval Argentina a efectos de que proceda a descontar la suma de $ 200 de los haberes que percibe el sr. Hermes Alberto Villalba (D.N.I. N° 12.859.197) en concepto de cuota alimentaria, con más la ayuda escolar que percibe por su hijo Gastón Ezequiel Villalba; debiendo depositar dicha suma en la Caja de Ahorros N° 34155060017302 del Banco de la Nación Argentina - Sucursal Sierra Grande perteneciente a la sra. Norma Aidee Cayuqueo (D.N.I. N° 25.548.375). Hágase constar la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

2) Con respecto a las cuotas alimentarias atrasadas y en atención a lo manifestado por el demandado a fs. 51 y fs. 52, cúmplase con el oficio dispuesto a fs. 53 segundo párrafo.-

jc

Alejandro J.E. Moldes

Juez

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