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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0429/2007
Fecha: 2013-07-03
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ LAGOS JUAN MANUEL S/ EJECUTIVO
Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA CON TOPE nuevo 2010
EXPTE. Nº 0429/2007
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ LAGOS JUAN MANUEL S/ EJECUTIVO
Viedma, de julio de 2013.-
Agréguese.-
Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Guillermina Carmody por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 980. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro