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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0174/2013
N° Receptoría: B-1VI-3-C2013
Fecha: 2013-07-02
Carátula: VILALTA MARIA INES C/ VENTURA FELIX Y OTRA S/ INTERDICTO DE RETENER (Sumarísimo)
Descripción: CONTESTACION DE DOC. NO SE TIENE EN CUENTA MANIFEST.
EXPTE. Nº 0174/2013.-
VILALTA MARIA INES C/ VENTURA FELIX Y OTRA S/ INTERDICTO DE RETENER
Viedma, de julio de 2013.-
Hágase saber que el traslado de fs. 110 fue conferido sólo con respecto a la documental acompañada, el pedido de levantamiento de la medida cautelar y la sustitución ofrecida, y toda vez que las manifestaciones vertidas por la parte actora exceden el marco del presente juicio, no serán tomadas en cuenta las realizadas en el punto I y II del escrito en despacho y se tendrán por no escritas, dejándose debida constancia de ello por Secretaría, con excepción de lo expresado en el punto II en la parte pertinente que dice "se niega la autenticidad de toda la documental acompañada".-
Atento el estado de las presentes actuaciones, llámase autos para resolver.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro