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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: G-2RO-1-C3-13
N° Receptoría: G-2RO-1-C2013
Fecha: 2013-07-01
Carátula: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. en: A.S.A SA s-Concurso S/ INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
Descripción: Providencia
//neral Roca, 01 de julio de 2013.=
Téngase presente y rectificando la providencia de fs. 428, atento lo expuesto por la actora, a los fines de la pericial contable, líbrese oficio Ley 22172 al Sr. Juez de igual clase y en turno con jurisdicción en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, domicilio de la incidentista
Atento la pericial contable ofrecida por la Concursada a fs. 422 vta. , hágase saber que los libros se encuentran en la sede central.
Al punto II, téngase presente y conociendo el Tribunal lo dispuesto por el art. 453 del CPC, no hace falta que los profesionales lo transcriban. Teniendo esta postura en todos los procesos por no causar perjuicio, atento el exiguo plazo fijado a lo solicitado no ha lugar, estese a lo proveido a fs.428 para la testimonial de Laura Soledad Echenique, criterio aplicado pacificamente por la suscripta durante años.-
A la revocatoria planteada, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro