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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42251
Fecha: 2013-07-01
Carátula: CORVALAN Gustavo Javier C/ LINCOPAN MILLAQUEO Jorge Arcángel S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: Fija Preliminar-Vve-.a /NOT
//neral Roca, 01 de JULIO de 2013.=
Al punto 1, estése a lo proveído a fs. 138.
Proveyendo el escrito de fs. 120/1, téngase por contestada la reconvención en legal tiempo y forma por la actora.
Siendo la excepción interpuesta a fs. 41 por la citada en garantia, una cuestión de fondo, la misma será resuelta al momento del dictado de la sentencia definitiva .
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 17 de octubre de 2013 a las 8,30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 1.000 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro