Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38393

N° Receptoría:

Fecha: 2013-06-24

Carátula: PROVINCIA RIO NEGRO C/ VILLANUEVA Rodolfo Mario s/Sucesion S/ EJECUCION HIPOTECARIA

Descripción: Informe a Fiscalia Nota

Expte. 38393.-

//neral Roca, 24 de junio de 2013.-j

Por recibido, sin perjuicio que no se han recepcionado las copias que menciona, infórmese por secretaría.-

Fecho, vuelva el presente a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas de Viedma con adjunción de copias certificadas de las fojas pertinentes.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "PROVINCIA DE RIO NEGRO c/VILLANUEVA Rodolfo Mario s/Sucesión s/Ejecución Hipotecario" (Expte. 38.393-08), a fs. 176 obra acuerdo presentado por las partes el 27/03/09, el que es homologado a fs. 185.-

A fs. 180 obra depósito por $19.680,48 del 03/04/09 en Cuenta Nro. 220019955 para estos autos y en concepto de 1º cuota del acuerdo.-

A fs. 197 se ordena cheque a favor de la Dra. Mónica N. Baldoni por $10.555,87 en concepto de: a cuenta de liquidación, el que es retirado a fs. 197 vta. El resto de los fondos fueron transferidos a Caja Forense por aportes de los profesionales intervinientes y a Rentas.-

Se hace notar que a fs. 92 se presentan los herederos del demandado manifestando que el 23/11/06 depositaron por error en la cuenta judicial del Expte. 31315-J5-06 la suma de $4.249,78 y que los fondos corresponden al Expte. 1395-XI-06 "Provincia Río Negro (Dpto. Aguas) c/Sucesores de Villanueva Rodolfo Mario s/Ejecutivo". A fs. 96 se hace saber que el depósito ha sido agregado al expte. 31.315-V-06.-

Asimismo, la causa ha tramitado en distintos tribunales con número diferente, a saber:

Juzgado Civil 5 Expte. Nro. 31.031-J5-06;

Juzgado de Familia y Sucesiones Nro. 11 Expte. 697-06;

Juzgado de Familia y Sucesiones Nro. 16 Expte. 184-16-08 y

Juzgado Civil 3 Expte. 38393-08, todos de esta ciudad de General Roca.-

Secretaría, 24 de junio de 2013.-j

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

Nota: de haberse remitido informe a Fiscalia de Investigaciones Administrativas de Viedma. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro