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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40921
Fecha: 2013-06-24
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RUAU Saturnina Mercedes S/ EJECUTIVO
Descripción: multa
General Roca, 24 de junio de 2013.s-
Agréguese la constancia bancaria acompañada.-
Atento las constancias de fs. 111, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del C.P.C, corresponde la aplicación al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro, de una multa diaria de $ 100, por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación y hasta tanto dé cumplimiento efectivo con el oficio de embargo, hasta el tope de la suma que omita embargar.
Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula-
Asimismo líbrese oficio al Ministerio de Gobierno de la Provincia a fin de poner el hecho en su conocimiento y a los efectos que correspondan.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro