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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40709
Fecha: 2013-06-18
Carátula: AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Descripción: a cédula ced eliana jeldres fabian ganim diego cordoba marcela cavañas flavia martin walter sbaizero claudia avendaño vilma narvaez dario tropan nadia aravea maria castillo ruben rivas diego rosales noelia briones alicia brio
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
José A. Madueño
MANZANA H Lote 17
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Matías Gallardo
MANZANA E
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Claudia Rosana Avendaño
MANZANA Q Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carina Pardo
Manzana F Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Javier Llarena
Manzana H Lote 19
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Zella
Manzana B Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Miguel angel Lucero
Manzana J Lote 30
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Dario Rubilar
MANZANA H Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Eliana Jeldres
MANZANA Q Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Fabián Ganim
MANZANA Q Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Cordoba
MANZANA Q Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcela Cavañas
MANZANA Q Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Flavia Analía Martin
MANZANA O Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Walter Fabio Sbaizero
MANZANA Q Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Claudia Rosana Avendaño
MANZANA Q Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Vilma E. Narvaez
MANZANA M Lote 10
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Dario Oscar Tropan
MANZANA M Lote 10
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nadia Aravea
MANZANA M Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Fernanda Castillo
MANZANA M Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Ruben Rivas
MANZANA M Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Rosales
MANZANA M Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Noelia Briones
MANZANA M Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Alicia Briones
MANZANA M Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Elidia Romero
MANZANA K Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Fabián Fernandez
MANZANA K Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Juan Carlos Gutierrez
MANZANA J Lote 02;1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Walter Huayquinao
MANZANA J Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Daniela Alicia Aguirre
MANZANA J Lote 02;1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Maria Belen Salas
MANZANA J Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Victor Etchegaray
MANZANA J Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Lorena Arcos
MANZANA J Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Daniel Raninqueo
MANZANA J Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Teresa Ramirez
MANZANA J Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Miguel Angel Lucero
MANZANA J Lote 30
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nazareno Sosa
MANZANA J Lote 27
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Claudia Diez
MANZANA J Lote 27
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Daniel San Martin
MANZANA J Lote 26
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nelida Molian
MANZANA J Lote 26
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Clemente Urra
MANZANA J Lote 22
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Eduardo Díaz
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcelo Zalazar
MANZANA J Lote 20
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rodrigo Contreras
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Larrat
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Elizabeth Musso
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Ivanna Yanquileo
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Denis Silva
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Néstor Silva
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Patricia Fernandez
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Patricia Peralta
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rosarino Cayul
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nancy Tores
MANZANA H Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Eduardo Matías Rojas
MANZANA Q Lote 13
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Eliana Jeldres
MANZANA Q Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Fabián Ganim
MANZANA Q Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcela Cavañas
MANZANA Q Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Cordoba
MANZANA Q Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Claudia Rosana Avendaño
MANZANA Q Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Walter Fabio Sbaizero
MANZANA Q Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Flavia Analía Martin
MANZANA O Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Vilma E. Narvaez
MANZANA M Lote 10
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Dario Oscar Tropan
MANZANA M Lote 10
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nadia Aravea
MANZANA M Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Ruben Rivas
MANZANA M Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Fernanda Castillo
MANZANA M Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Rosales
MANZANA M Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Noelia Briones
MANZANA M Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Alicia Briones
MANZANA M Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Fabián Fernandez
MANZANA K Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Elidia Romero
MANZANA K Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Juan Carlos Gutierrez
MANZANA J Lote 02;1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Daniela Alicia Aguirre
MANZANA J Lote 02;1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Maria Belen Salas
MANZANA J Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Walter Huayquinao
MANZANA J Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Victor Etchegaray
MANZANA J Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Lorena Arcos
MANZANA J Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Daniel Raninqueo
MANZANA J Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Teresa Ramirez
MANZANA J Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Miguel Angel Lucero
MANZANA J Lote 30
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Claudia Diez
MANZANA J Lote 27
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nazareno Sosa
MANZANA J Lote 27
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Daniel San Martin
MANZANA J Lote 26
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nelida Molian
MANZANA J Lote 26
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Clemente Urra
MANZANA J Lote 22
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcelo Zalazar
MANZANA J Lote 20
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Eduardo Díaz
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Elizabeth Musso
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rodrigo Contreras
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Larrat
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Ivanna Yanquileo
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Denis Silva
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Néstor Silva
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Patricia Fernandez
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Patricia Peralta
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rosarino Cayul
MANZANA I
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nancy Tores
MANZANA H Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Adrián Rubilar
MANZANA H Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Mariana Maripil
MANZANA H Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Julio César Salazar
MANZANA H Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcia Diez
MANZANA H Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Loreno Ñancufil
MANZANA H Lote 19
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Javier Llarena
MANZANA H Lote 19
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Andrea Ulloa
MANZANA H Lote 17
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
José A. Madueño
MANZANA H Lote 17
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Isabel Veloso
MANZANA H Lote 14
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Jorge Daniel Maldonado
MANZANA H Lote 14
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Paola Olivero
MANZANA H Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Lisandro Javier Sánchez
MANZANA H Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Judith Betiana Luque
MANZANA F Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcelo Martin Canulef
MANZANA F Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marian Susana Canales
MANZANA F Lote 7
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Armando Rubilar
MANZANA F Lote 7
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Roxana Ramos
MANZANA F Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Noelia Millaqueo
MANZANA F Lote 10
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Mónica Gonzalez
MANZANA F Lote 20
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carmela Soto
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Romero
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rosalina Monsalve
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carina Pardo
MANZANA F Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Matías Gallardo
MANZANA E
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Aurelia Elizabeth Troncoso
MANZANA D Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carlos Damián Centeno
MANZANA D Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Leonardo Gabriel Lescano
MANZANA D Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Laura Santan
MANZANA D Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nicolás Manquelef
MANZANA D Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Anahí Ríos
MANZANA D Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcela D. Villanueva
MANZANA B Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Celia Elvira Villanueva
MANZANA B Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Juan Cumilao
MANZANA B Lote 1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Luciana Zayes
MANZANA B Lote 1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Luis Ramirez
MANZANA B Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Zella
MANZANA B Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Ruth Villalobos
MANZANA B Lote 3
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Gilda Villalobos
MANZANA B Lote 3
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Jessica Gonzalez
MANZANA B Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Mario Gustavo Alarcon
MANZANA B Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Adrián Rubilar
MANZANA H Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Mariana Maripil
MANZANA H Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Julio César Salazar
MANZANA H Lote 5
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Loreno Ñancufil
MANZANA H Lote 19
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcia Diez
MANZANA H Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
José A. Madueño
MANZANA H Lote 17
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Javier Llarena
MANZANA H Lote 19
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Andrea Ulloa
MANZANA H Lote 17
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Jorge Daniel Maldonado
MANZANA H Lote 14
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Isabel Veloso
MANZANA H Lote 14
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Paola Olivero
MANZANA H Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Lisandro Javier Sánchez
MANZANA H Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcelo Martin Canulef
MANZANA F Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Judith Betiana Luque
MANZANA F Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marian Susana Canales
MANZANA F Lote 7
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Noelia Millaqueo
MANZANA F Lote 10
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Roxana Ramos
MANZANA F Lote 8
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Romero
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carmela Soto
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Mónica Gonzalez
MANZANA F Lote 20
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Rosalina Monsalve
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carina Pardo
MANZANA F Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Diego Romero
MANZANA F Lote 18
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Matías Gallardo
MANZANA E
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Aurelia Elizabeth Troncoso
MANZANA D Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Leonardo Gabriel Lescano
MANZANA D Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carlos Damián Centeno
MANZANA D Lote 12
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Laura Santan
MANZANA D Lote 9
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Nicolás Manquelef
MANZANA D Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Anahí Ríos
MANZANA D Lote 11
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Marcela D. Villanueva
MANZANA B Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Celia Elvira Villanueva
MANZANA B Lote 6
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Juan Cumilao
MANZANA B Lote 1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Luciana Zayes
MANZANA B Lote 1
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Luis Ramirez
MANZANA B Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.-
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
María Zella
MANZANA B Lote 2
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Jessica Gonzalez
MANZANA B Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Mario Gustavo Alarcon
MANZANA B Lote 4
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Ruth Villalobos
MANZANA B Lote 3
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Gilda Villalobos
MANZANA B Lote 3
INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, de junio de 2013.- Sra. Juez:
CERTIFICO que en virtud de la prórroga concedida por la Cámara de Apelaciones, el término para dictar sentencia en estos autos "AERO CLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. 40709) vence el día 04-junio-13.-
Secretaría, de mayo de 2013.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro