Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40709

N° Receptoría:

Fecha: 2013-06-18

Carátula: AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)

Descripción: a cédula ced eliana jeldres fabian ganim diego cordoba marcela cavañas flavia martin walter sbaizero claudia avendaño vilma narvaez dario tropan nadia aravea maria castillo ruben rivas diego rosales noelia briones alicia brio

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

José A. Madueño

MANZANA H Lote 17

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Matías Gallardo

MANZANA E

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Claudia Rosana Avendaño

MANZANA Q Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carina Pardo

Manzana F Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Javier Llarena

Manzana H Lote 19

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Zella

Manzana B Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Miguel angel Lucero

Manzana J Lote 30

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Dario Rubilar

MANZANA H Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Eliana Jeldres

MANZANA Q Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Fabián Ganim

MANZANA Q Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Cordoba

MANZANA Q Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcela Cavañas

MANZANA Q Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Flavia Analía Martin

MANZANA O Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Walter Fabio Sbaizero

MANZANA Q Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Claudia Rosana Avendaño

MANZANA Q Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Vilma E. Narvaez

MANZANA M Lote 10

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Dario Oscar Tropan

MANZANA M Lote 10

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nadia Aravea

MANZANA M Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Fernanda Castillo

MANZANA M Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Ruben Rivas

MANZANA M Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Rosales

MANZANA M Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Noelia Briones

MANZANA M Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Alicia Briones

MANZANA M Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Elidia Romero

MANZANA K Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Fabián Fernandez

MANZANA K Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Juan Carlos Gutierrez

MANZANA J Lote 02;1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Walter Huayquinao

MANZANA J Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Daniela Alicia Aguirre

MANZANA J Lote 02;1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Maria Belen Salas

MANZANA J Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Victor Etchegaray

MANZANA J Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Lorena Arcos

MANZANA J Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Daniel Raninqueo

MANZANA J Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Teresa Ramirez

MANZANA J Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Miguel Angel Lucero

MANZANA J Lote 30

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nazareno Sosa

MANZANA J Lote 27

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Claudia Diez

MANZANA J Lote 27

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Daniel San Martin

MANZANA J Lote 26

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nelida Molian

MANZANA J Lote 26

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Clemente Urra

MANZANA J Lote 22

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Eduardo Díaz

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcelo Zalazar

MANZANA J Lote 20

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Rodrigo Contreras

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Larrat

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Elizabeth Musso

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Ivanna Yanquileo

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Denis Silva

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Néstor Silva

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Patricia Fernandez

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Patricia Peralta

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Rosarino Cayul

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nancy Tores

MANZANA H Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Eduardo Matías Rojas

MANZANA Q Lote 13

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Eliana Jeldres

MANZANA Q Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Fabián Ganim

MANZANA Q Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcela Cavañas

MANZANA Q Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Cordoba

MANZANA Q Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Claudia Rosana Avendaño

MANZANA Q Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Walter Fabio Sbaizero

MANZANA Q Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Flavia Analía Martin

MANZANA O Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Vilma E. Narvaez

MANZANA M Lote 10

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Dario Oscar Tropan

MANZANA M Lote 10

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nadia Aravea

MANZANA M Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Ruben Rivas

MANZANA M Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Fernanda Castillo

MANZANA M Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Rosales

MANZANA M Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Noelia Briones

MANZANA M Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Alicia Briones

MANZANA M Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Fabián Fernandez

MANZANA K Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Elidia Romero

MANZANA K Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Juan Carlos Gutierrez

MANZANA J Lote 02;1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Daniela Alicia Aguirre

MANZANA J Lote 02;1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Maria Belen Salas

MANZANA J Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Walter Huayquinao

MANZANA J Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Victor Etchegaray

MANZANA J Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Lorena Arcos

MANZANA J Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Daniel Raninqueo

MANZANA J Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Teresa Ramirez

MANZANA J Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Miguel Angel Lucero

MANZANA J Lote 30

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Claudia Diez

MANZANA J Lote 27

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nazareno Sosa

MANZANA J Lote 27

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Daniel San Martin

MANZANA J Lote 26

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nelida Molian

MANZANA J Lote 26

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Clemente Urra

MANZANA J Lote 22

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcelo Zalazar

MANZANA J Lote 20

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Eduardo Díaz

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Elizabeth Musso

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Rodrigo Contreras

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Larrat

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Ivanna Yanquileo

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Denis Silva

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Néstor Silva

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Patricia Fernandez

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Patricia Peralta

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Rosarino Cayul

MANZANA I

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nancy Tores

MANZANA H Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Adrián Rubilar

MANZANA H Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Mariana Maripil

MANZANA H Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Julio César Salazar

MANZANA H Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcia Diez

MANZANA H Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Loreno Ñancufil

MANZANA H Lote 19

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Javier Llarena

MANZANA H Lote 19

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Andrea Ulloa

MANZANA H Lote 17

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

José A. Madueño

MANZANA H Lote 17

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Isabel Veloso

MANZANA H Lote 14

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Jorge Daniel Maldonado

MANZANA H Lote 14

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Paola Olivero

MANZANA H Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Lisandro Javier Sánchez

MANZANA H Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Judith Betiana Luque

MANZANA F Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcelo Martin Canulef

MANZANA F Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marian Susana Canales

MANZANA F Lote 7

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Armando Rubilar

MANZANA F Lote 7

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Roxana Ramos

MANZANA F Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Noelia Millaqueo

MANZANA F Lote 10

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Mónica Gonzalez

MANZANA F Lote 20

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carmela Soto

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Romero

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Rosalina Monsalve

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carina Pardo

MANZANA F Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Matías Gallardo

MANZANA E

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Aurelia Elizabeth Troncoso

MANZANA D Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carlos Damián Centeno

MANZANA D Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Leonardo Gabriel Lescano

MANZANA D Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Laura Santan

MANZANA D Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nicolás Manquelef

MANZANA D Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Anahí Ríos

MANZANA D Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcela D. Villanueva

MANZANA B Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Celia Elvira Villanueva

MANZANA B Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Juan Cumilao

MANZANA B Lote 1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Luciana Zayes

MANZANA B Lote 1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Luis Ramirez

MANZANA B Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Zella

MANZANA B Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Ruth Villalobos

MANZANA B Lote 3

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Gilda Villalobos

MANZANA B Lote 3

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Jessica Gonzalez

MANZANA B Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Mario Gustavo Alarcon

MANZANA B Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Adrián Rubilar

MANZANA H Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Mariana Maripil

MANZANA H Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Julio César Salazar

MANZANA H Lote 5

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Loreno Ñancufil

MANZANA H Lote 19

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcia Diez

MANZANA H Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

José A. Madueño

MANZANA H Lote 17

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Javier Llarena

MANZANA H Lote 19

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Andrea Ulloa

MANZANA H Lote 17

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Jorge Daniel Maldonado

MANZANA H Lote 14

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Isabel Veloso

MANZANA H Lote 14

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Paola Olivero

MANZANA H Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Lisandro Javier Sánchez

MANZANA H Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcelo Martin Canulef

MANZANA F Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Judith Betiana Luque

MANZANA F Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marian Susana Canales

MANZANA F Lote 7

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Noelia Millaqueo

MANZANA F Lote 10

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Roxana Ramos

MANZANA F Lote 8

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Romero

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carmela Soto

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Mónica Gonzalez

MANZANA F Lote 20

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Rosalina Monsalve

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carina Pardo

MANZANA F Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Diego Romero

MANZANA F Lote 18

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Matías Gallardo

MANZANA E

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Aurelia Elizabeth Troncoso

MANZANA D Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Leonardo Gabriel Lescano

MANZANA D Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Carlos Damián Centeno

MANZANA D Lote 12

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Laura Santan

MANZANA D Lote 9

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Nicolás Manquelef

MANZANA D Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Anahí Ríos

MANZANA D Lote 11

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Marcela D. Villanueva

MANZANA B Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Celia Elvira Villanueva

MANZANA B Lote 6

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Juan Cumilao

MANZANA B Lote 1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Luciana Zayes

MANZANA B Lote 1

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Luis Ramirez

MANZANA B Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

María Zella

MANZANA B Lote 2

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Jessica Gonzalez

MANZANA B Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Mario Gustavo Alarcon

MANZANA B Lote 4

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Ruth Villalobos

MANZANA B Lote 3

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- (3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Gilda Villalobos

MANZANA B Lote 3

INMUEBLE PARCELA 238295- D.C. 05-6-238295 (REAL)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "AEROCLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. N* 40709) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 03 de junio de 2013.-AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados " AEROCLUB DE GENERAL ROCA s/ REIVINDICACION " (Expte. Nº 40.709-III-11).-..-FALLO: Haciendo lugar a la demanda reivindicación promovida por AEROCLUB GENERAL ROCA contra ELMA OTILIA GANIM, TERESA BERNARDITA GAJARDO SALGADO, LEONARDO ALBERTO GUTIEREZ MORA, demás codemandados identificados en la diligencia de fs.25/6 y proveido de fs.222 y vuelta y todo ocupante del inmueble identificado como Parcela 238295, designación catastral 05-6-238295, para que desocupen el mismo en el término de NOVENTA días desde que quede firme esta sentencia, bajo apercibimiemnto de desahucio.- Dese intervención a la Sra. Defensora de Menores, quien deberá implementar las medidas necesarias para seguridad de los menores que integren los grupos familiares.- Las costas se impone en el orden causado por los argumentos expuestos en los considerandos. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

HÁGASE SABER QUE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN LA TOTALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de junio de 2013.- Sra. Juez:

CERTIFICO que en virtud de la prórroga concedida por la Cámara de Apelaciones, el término para dictar sentencia en estos autos "AERO CLUB GENERAL ROCA S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. 40709) vence el día 04-junio-13.-

Secretaría, de mayo de 2013.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro