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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0612/2011
Fecha: 2013-06-14
Carátula: BANCO PATAGONIA S.A. C/ PAPA CESAR ALBERTO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: se presentan demandados-plantean nulidad-oponen excepción
EXPTE. N° 0612/2011
CARATULA: BANCO PATAGONIA S.A. C/ PAPA CESAR ALBERTO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, de junio de 2013.-
Por presentados, parte y por constituído domicilio. Agréguense las copias de los recibidos de haberes y teniendo a la vista los originales certifíquense y devuélvanse al presentante.-
Por planteada nulidad, de ella y de la excepción e impugnación de la liquidación efectuada, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la Ley 2.897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro