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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0279/2005
Fecha: 2013-06-12
Carátula: TIBET S.R.L. C/ FRIDEVI SAFIC S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)
Descripción: CEDULA SECRETARIA (TIBET SRL - DRAS NAVARRO - RAMIREZ)
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señoras: Dras. Mónica Patricia Navarro y Lilian R.A. Ramirez (TIBET S.R.L.)
Domicilio: SARMIENTO Nº 416 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TIBET S.R.L. C/FRIDEVI SAFIC S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)", Expte. Nº 0279/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, de junio de 2013.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a las profesionales intervinientes y al condenado en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Tiénese presente la persona autorizada para correr con el diligenciamiento de la cédula a librarse.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de junio de 2013.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
*05TXHO.ADFQ7N*
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Poder Judicial de Río Negro