Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0290/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2013-06-12

Carátula: ITURBURUA MODESTO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: autoriza escribana

EXPTE. Nº 0290/2009

CARATULA: ITURBURUA MODESTO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de junio de 2013.-

Atento lo peticionado y constancias de autos se advierte la existencia de una inexactitud registral en los términos del art. 34 ley 17.801. Ello por cuanto el nombre de la esposa del causante en estos autos, adquirente del bien en cuestión identificado con nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección C, Manzana 204 de la Parcela 7 ha sido consignado erróneamente por el escribano Francisco J. Cubas en la escritura pública de compraventa obrante a fs. 60/62, pues a la fecha en que se realizó dicha compraventa (año 1950) el causante estaba casado con Angela María Elvira conforme surge del acta de matrimonio de fs. 4 y continuo en ese estado hasta su defunción según el acta obrante a fs. 3, es decir que estuvo casado con la misma persona desde el año 1944 hasta el año 1971. En consecuencia y siendo necesario la rectificación de dicho instrumento en los términos del art. 35 de la ley mencionada, ordénase la misma autorizándose a la escribana María Elena Peralta Urquiaga a efectuar los trámites pertinentes por ante el Registro de la Propiedad Inmueble como así también a extraer las fotocopias que estime menester para tal fin.-

Rosana Calvetti

Juez

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