Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 27613III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-04-28

Carátula: CEREZUELA GARCIA José y GONZALEZ ORTIZ Trinidad S/ Sucesión

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 28 de Abril de 2006.-

Siendo distintas las opciónes para la inscripción de bienes que puede adoptarse la escrituración ó inscripción por oficio, el control de los actos previos que deben cumplirse corresponde en el primer caso al Escribano y en el segundo al Tribunal, por ende estése a lo proveido a fs. 76 último párrafo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro