Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41221

N° Receptoría:

Fecha: 2013-06-07

Carátula: BIORKI Diego Nicolas C/ MUÑOZ Mauricio Manuel S/ ORDINARIO

Descripción: A Cédulas

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

MAURICIO MANUEL MUÑOZ -

Dr. VICTOR LEANDRO LOYOLA CALDERON

BUENOS AIRES 1325 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BIORKI Diego Nicolas C/ MUÑOZ Mauricio Manuel S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41221), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: " General Roca, 07 de junio de 2012...RESUELVO: Hacer lugar parcialmente a lo solicitado y tener por desistido al actor de la prueba pericial médica y accidentológica.-Rechazar el pedido de negligencia de prueba formulado por el demandado Mauricio Manuel Muñoz respecto de la prueba pendiente de producción de la parte actora Sr. Diego Nicolás Biorki.- Costas al demandado.- Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se determine el monto del proceso.- Notifíquese y regístrese.- Fdo. Dra. ADRIANA MARIANI- Juez Subrogante".-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de de 2013.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

BIORKI DIEGO NICOLAS -

Dr. JOSE GABRIEL PEREZ

BUENOS AIRES 1954 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BIORKI Diego Nicolas C/ MUÑOZ Mauricio Manuel S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41221), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: " General Roca, 07 de junio de 2012...RESUELVO: Hacer lugar parcialmente a lo solicitado y tener por desistido al actor de la prueba pericial médica y accidentológica.-Rechazar el pedido de negligencia de prueba formulado por el demandado Mauricio Manuel Muñoz respecto de la prueba pendiente de producción de la parte actora Sr. Diego Nicolás Biorki.- Costas al demandado.- Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se determine el monto del proceso.- Notifíquese y regístrese.- Fdo. Dra. ADRIANA MARIANI- Juez Subrogante".-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de de 2013.-

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