include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13307-084-05
Fecha: 2006-04-28
Carátula: BEDESCHI FRANCISCO PALMIRO / FLY FISHING PATAGONIA SRL Y REYNAL JUAN PABLO S/ COBRO S/ MEDIDA CAUTELAR
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:13307-084-05
Tomo:
Auto Interlocutorio:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 DE ABRIL DE 2006.-
VISTOS: Los autos caratulados: “BEDESCHI Francisco Palmiro c/ FLY FISHING PATAGONIA SRL Y REYNAL, Juan Pablo (COBRO ORD.) s/ MEDIDA CAUTELAR”, expte. nro. 13307-084-05 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que la recurrente señala la existencia de causas diferentes, tramitadas en distintos juzgados, que avalarían su recurso (fs. 140 vta.).
Que, por lo tanto, resulta necesario conocer el grado de vinculación de las mismas con los autos de referencia y con el beneficio ya otorgado.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) requerir a la sra. Secretaria de este Tribunal un informe pormenorizado de las causas mencionadas a fs. 140 vta., indicando su presunta vinculación con el presente incidente y con el beneficio de litigar sin gastos ya otorgado al actor.
2do.) Interin, interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo.
3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro