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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0631/2005
Fecha: 2006-04-27
Carátula: RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO
Descripción: ART. 36 AP. 2 INC. A) DEL C.PR.
EXPTE. Nº: 0631/2005.-
CARATULA: "RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO".-
Viedma, abril de 2005.-
Atento el estado de autos, teniendo en cuenta la naturaleza de la presente acción y de conformidad con lo previsto por el art. 36 ap. 2º inc. a) del C.Pr., señálase la audiencia del día 07 de JUNIO de 2.006 a las 10.00 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes. Notifíquese.-
En consecuencia, déjase sin efecto el llamado de autos dispuesto a fs. 98.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro