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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32928IV
Fecha: 2005-06-21
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/AGRESTE Marta G. S/ Ejecutivo
Descripción: Providencia-prestamo Dr. Bertolino
//neral Roca, 21 de JUNIO de 2005._
Agréguese y téngase presente.
Al punto II, del martillero propuesto, traslado por dos días.
Al punto III, -primer y segundo párrafo- a los fines de la reinscripción de embargos de los inmuebles referenciados, líbrese oficio al Registro de Propiedad del Inmueble, en las mismas condiciones establecidas a fs. 31 vta.
Téngase presente el bien denunciado a embargo y a los fines de su inscripción líbrese oficio al Registro de Propiedad del Inmueble en las mismas condiciones establecidas a fs. 31.
Al punto IV, téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento, como asimismo autorízase a los nombrados a suscribir minutas y/o formularios correspondientes a esos fines.
Concédese el préstamo peticionado, por el término de 72 horas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro