Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34922

N° Receptoría:

Fecha: 2006-04-27

Carátula: PEDRO S. VILLEGAS S.A. c/COLLINO Guillermo D. S/ Ejecutivo

Descripción: se ordenan oficios.-Prestamo Dr.Bertolino.-

//neral Roca, 27 de Abril de 2006.-

Al punto I, en atención a lo manifestado por el letrado apoderado de la parte actora, procédase al levantamiento de la inhibición general de bienes decretada y anotadas en autos, a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense los oficios a los Registros de la Propiedad Automotor e Inmueble correspondiente.-

Déjase sin efecto el pedido de embargo sobre el automotor denunciado en autos.-

Al punto II, facultase a los nombrados a suscribir las minutas y formularios correspondiente.-

Al punto III, agréguese las boletas de aportes acompañadas.-

Al punto IV, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de tres dias.-

Al Otrosi digo:Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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