include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39709
Fecha: 2013-05-30
Carátula: ANABALON Néstor y Otra C/ CLUB Social y Deportivo DEL PROGRESO S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Descripción: a cheqeue
General Roca, 30 de mayo de 2013.s-
Téngase presente lo manifestado en el punto a) y atento la notificación voluntaria del traslado del depósito aclare a qué copias se refiere para la aplicación del artículo 120 del CPC.-
De lo manifestado respecto de ser reconocido el pago como parcial y a cuenta de liquidación, traslado a la contraria. Not.-
Líbrese cheque a la orden de Roberto Arias DNI 21.847.142 por la suma de $ 15.852.51 en concepto de suma dada en pago, menos el embargo de fs. 259. Cta. 122022064.-
De la revocatoria planteada en el punto b), traslado a la contraria. Not.-
A la regulación, oportunamente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En se libró cheque N° y en fecha lo retiró el Dr. Arias. CONSTE.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro