Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 23212IV

N° Receptoría:

Fecha: 2013-05-28

Carátula: FRANK Federico S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: Estése

//neral Roca, 28 de MAYO de 2013.-s

Téngase presente la conformidad de Rentas, y por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación respecto al bien denunciado a fs. 194.

Respecto a la solicitud de regulación de honorarios, estése a lo resuelto por Cámara de Apelaciones en autos "Lucero Cirilo S/Sucesión" (Expte. 21.217-CA-12) y "Medhi David Roberto S/Sucesión" (Expte. 21.235-CA-12).-

A fin de inscribir el inmueble a nombre de los herederos deberá acompañarse condiciones de dominio, gravámenes, libre inhibición del causante y libres deudas del inmueble y en caso de solicitar la inscripción por Escritura pública, manifestar el escribano interviniente.-

A fin de regular por las dos primeras etapas al Dr. Nielsen, cúmplase con la notificación ordenada a fs. 201 y con el aporte al Colegio de Abogados y al Sitrajur.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro