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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0467/2012
Fecha: 2013-05-23
Carátula: CREDISUR S.R.L. C/ BERTHE CARMEN MARIA S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQ - EMBARGO - COBRO POR BANCO
EXPTE. Nº 0467/2012.-
CARATULA: CREDISUR S.R.L. C/ BERTHE CARMEN MARIA S/ EJECUTIVO.-
Viedma, de mayo de 2013.-
Atento lo peticionado y el estado de autos, es dable señalar que con relación a los intereses a aplicar y teniendo en cuenta que el documento ejecutado es pagadero a la vista, los intereses compensatorios (36% anual) se computarán desde la fecha de su creación (13/01/11) hasta la fecha de notificación de la sentencia monitoria dictada en autos (18/12/12) y desde allí y hasta el efectivo pago se aplicará intereses a la tasa del 4% mensual (48% anual) conforme jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones, dado que en el caso de autos la tasa de interés compensatoria más los punitorios pactados por las partes superan ese límite.-
En su mérito y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 33vta. sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 3.225,71 en concepto de intereses de capital, honorarios, I.V.A. y aportes, calculados al 31/03/13, modificada que fuera en la aplicación de intereses conforme lo dispuesto precedentemente y suprimido que fuera el rubro "bono ley $ 67,80".-
Conforme lo peticionado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada sra. Carmen María Berthe, DNI N° 16.909.647, como empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 2.443,11 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.154 presupuestado provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo empleador, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta de autos nº 122029288 en el Banco Patagonia S.A.- sucursal Viedma-.-
Atento lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Natalia del Carmen Benavidez Calvo (DNI nº 28.616.425) a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122029288 y hasta cubrir la suma de $ 3.225,71 en concepto de capital, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Rosana Calvetti
Juez
Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro