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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0670/2007
Fecha: 2013-05-21
Carátula: TABORDA NILDA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: no ha lugar
EXPTE. Nº 0670/2007
CARATULA: TABORDA NILDA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, de mayo de 2013.-
Proveyendo a fs. 396/398:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 399:
Toda vez que al decretarse embargo sobre los fondos de coparticipación que le corresponde al municipio demandado se ha dispuesto que sea con cumplimiento de las leyes que lo reglamentan, a lo solicitado no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que el embargo sobre los saldos acreedores del banco central corresponde a la codemandada en autos sra. Stella.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro