Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42235

N° Receptoría:

Fecha: 2013-05-21

Carátula: BENCHARSKI Horacio M. C/ QUEVEDO AQUEVEDO Norberto y Otro S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: Acta Preliminar Agréguese

Autos: "BENCHARSKI Horacio M. C/ QUEVEDO AQUEVEDO Norberto y Otro S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)" (Expte. Nro. 42235)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro siendo las 8,40 horas del día 21 de mayo de 2013 comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, HORACIO MANUEL BENCHARSKI con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Carlos Toledo, por ESCUDO SEGUROS SA su letrado apoderado Alejandro Daniel Marco y el señor Norberto Eduardo Quevedo Aquevedo. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo, por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: características del lugar en que se produce el accidente, visibilidad, sector en que se produce el impacto de los automotores, velocidad impresa a los rodados, daños que pudieron derivar del hecho, su entidad y cuantificación, condiciones de la póliza contratada, por Quevedo Aquevedo, cobertura, vigencia de la misma, pagos de la prima. En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 11 de SETIEMBRE de 2013 a las 8.30 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 27 vta., 6/1, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de NORBERTO EDUARDO QUEVEDO AQUEVEDO, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notioficado en este acto. A LA TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de NESTOR CREFELD MARTIN, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art.431 CPC a cuyo efecto líbrese cédula.- A la declaración de VALENTINA BENCHARSKY no ha lugar atento a lo dispuesto por los arts. 427 del C.P.C.- A LA PERICIAL CHAPISTA-MECANICA: Desígnase perito a ESTEBAN ANDRES CASALE, con domicilio en Belgrano 1674 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia en el término de QUINCE días, todo ello bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.- A LA INFORMATIVA: Líbrense oficios a Oca Postal, Comisaría Tercera Gral. Roca, Taller Chapa y Pintura de Angel Alvarez, Righi Neumáticos, Iruña SA, Municipalidad Gral. Roca, Dra. Natalia San Miguel, Néstor Crefeld Martín, para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.- A LA PERICIAL ACCIDENTOLOGICA: Desígnase perito a ESTEBAN ANDRES CASALE, con domicilio en Belgrano 1674 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia en el término de QUINCE días, todo ello bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.- Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada a fs. 49, 55/6, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA PERICIAL CONTABLE: Líbrese oficio ley 22.172 a juez de igual clase y en turno con jurisdicción en la C.A.B.A. a fin de que designe perito para la realización de la pericia encomendada, debiéndose comunicar en autos el Juzgado y secretaría donde ha quedado radicado el trámite.- A LA PERICIAL ACCIDENTOLOGICA: Estése a la designación efectuada en la prueba de la parte actora. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 21 de MAYO de 2013.=

Agréguese y téngase presente.

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

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