Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0284/2013

N° Receptoría: I-1VI-17-C2013

Fecha: 2013-05-20

Carátula: PACHO VANESA YANINA C/ ZANONA MARIA CRISTINA Y OTROS S- ESCRITURACION S/ EXHORTO (Juzgado Civil Nº 5 de Neuquén)

Descripción: SE DEVUELVE EL OFICIO

EXPTE. N° 0284/2013

CARATULA: PACHO VANESA YANINA C/ ZANONA MARIA CRISTINA Y OTROS S- ESCRITURACION S/ EXHORTO (Juzgado Civil Nº 5 de Neuquén)

Viedma, de mayo de 2013.-

Por recibido.-

Toda vez que el oficio recibido no fue presentado por la persona autorizada para diligenciarlo, no se han tributado los sellados de ley y no surge con exactitud el domicilio donde debe llevarse a cabo la medida requerida conforme lo previsto en el art. 3 incisos 4 y 5 de la ley 22.172, devuélvase al juzgado de origen, sirva la presente de atenta nota de remisión.-

Rosana Calvetti

Juez

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