Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37413

N° Receptoría:

Fecha: 2006-04-26

Carátula: Municipalidad de VILLA REGINA C/ZALAZAR Jorge S/ Ejecutivo

Descripción: amplia sentencia trance

//neral Roca, 26 de ABRIL de 2006.=

AUTOS Y VISTOS: No habiendo la demandada acompañado los documentos previstos por el art. 541 CPC, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 541 del CPC,

FALLO: Ampliando la sentencia de fs. 37, contra JORGE ZALAZAR.................................... mandándose llevar adelante la ejecución hasta tanto el nombrado hagan al acreedor MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA íntegro el pago del capital reclamado de $ 37.263,18.- -capital de fs. 369 y notificado a fs. 379- con más los intereses y costas de la ejecución.-

Regulo los honorarios del Dr. JUAN CARLOS GIMENEZ en $ 4.700.- (arts. 6, 7 y 40 ley 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Reg.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, y ley 2212 RN).-

Notifiquese y cúmplase con la ley 869.-

Regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro