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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 25873IV
Fecha: 2006-04-26
Carátula: LURUEÑA Emilio S/ Sucesión
Descripción: regulacion por la tercera etapa
General Roca, 26 de abril de 2.006.-.-
Regulo por la tercera etapa los honorarios profesionales de los Dres. Amador Muñoz en $ 200.-, Silva Cristina Jañez en $ 275.- y Luis A. Perez Peña en $275.-, a cargo de los herederos y de los Dres. Amador Muñoz en $ 100.-, Silva Cristina Jañez en $ 138.- y Luis A. Perez Peña en $138.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 16.034 fs.77.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo al oficio solicitado, cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro