include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0430/2004
Fecha: 2006-04-25
Carátula: D´AMICO AURELIO JUAN C/ IBAÑEZ Y OCAMPOS MARTINA TELESFORA Y OTROS S/ USUCAPION
Descripción: ART. 489
EXPTE. Nº: 0430/2004.-
CARATULA: "D´AMICO AURELIO JUAN C/ IBAÑEZ Y OCAMPOS MARTINA TELESFORA Y OTROS S/ USUCAPION".-
Viedma, abril de 2006.-
Atento a lo peticionado, el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa y conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 08 de junio de 2.006 a las 09:30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese y a la sra. Defensora de Ausentes en su despacho.-
jc
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro