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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0686/2005
Fecha: 2006-04-25
Carátula: CASTILLO PATRICIA BIBIANA C/ ARREDONDO ENRIQUE Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0686/2005.-
CARATULA: "CASTILLO PATRICIA BIBIANA C/ ARREDONDO ENRIQUE Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
Viedma, abril de 2006.-
Al escrito de fs. 58/70:
Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documental presentada y toda vez que la póliza acompañada carece de validez legal por ser un impreso sin firma alguna, devuélvase la misma a su presentante.-
Por contestada la demanda por parte del Policlínico Privado S.A.-
Por opuesta excepción, de la misma y de la documental acompañada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Cítese en garantía a Sancor Cooperativa de Seguros Limitada, a la que se cita y emplaza para que dentro del plazo de 24 días la conteste, bajo el apercibimiento dispuesto en los arts. 59 y 356 del C.Pr., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 del C.Pr.). Notifíquese.-
Hágase saber que la presente notificación deberá realizarse dentro de los 5 días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la presente citación y que deberá acompañar un juego de copias para traslado de la documental y escrito de demanda.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Cumpla el profesional interviniente con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Proveyendo a fs. 71/79:
Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-
Por contestada la demanda por parte del sr. Enrique Arredondo.-
Por opuesta excepción, de la misma, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Cítese en garantía a "El Comercio Cia de Seguros S.A.", a la que se cita y emplaza para que dentro del plazo de 20 días la conteste, bajo el apercibimiento dispuesto en los arts. 59 y 356 del C.Pr., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 del C.Pr.). Notifíquese.-
Hágase saber que la presente notificación deberá realizarse dentro de los 5 días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la presente citación y que deberá acompañar un juego de copias para traslado de la documental y escrito de demanda.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Cumpla el profesional interviniente con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Proveyendo a fs. 80:
Agréguese.-
s.b.s.
NOTA: De haberse procedido a la devolución de un impreso de póliza, conforme a lo ordenado precedentemente. Conste.-
Secretaría, abril de 2006.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro