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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0860/2011
Fecha: 2013-05-14
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ OYON CONCEPCION Y OTRO S- EJECUCION HIPOTECARIA S/ EXHORTO
Descripción: REV. C/APELACION EN SUBS. - ELEVA A LA C.A.V.
EXPTE. Nº : 0860/2011.-
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ OYON CONCEPCION Y OTRO S- EJECUCION HIPOTECARIA S/ EXHORTO.-
Viedma, de mayo de 2013.-
Habiendo dado cumplimiento con lo requerido a fs. 73 y la ratificación efectuada en el escrito en despacho, corresponde proveer el escrito presentado a fs. 72.-
Por interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 71.-
Atento el estado de las presentes actuaciones y toda vez que los argumentos expuestos por el recurrente no conmueven los tenidos en cuenta al dictar la providencia de fs. 71, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-
Conceder la apelación en subsidio conforme lo dispone el art. 248 del C.Pr., oportunamente, elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones de Viedma. Sirva la presente de atenta nota de envío.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro