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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1071/2012
Fecha: 2013-05-13
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ SALAZAR MARINA JULIETA S/ SUMARISIMO
Descripción: DECRETO DE REBELDIA
EXPTE Nº 1071/2012
CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ SALAZAR MARINA JULIETA S/ SUMARISIMO
Viedma, de mayo de 2013.-
Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada y obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial declárase rebelde en el juicio a la demandada sra. Marina Julieta Salazar. Notifíquese.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro