Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0268/2013

N° Receptoría: I-1VI-14-C2013

Fecha: 2013-05-10

Carátula: FLAVORS & CIA. S.A. P/ CONC. PREV. (HOY QUIEBRA) S/ EXHORTO (1º Juzgado de Procesos Concursales y Registro de la 1º Circ. Jud. de Mendoza)

Descripción: OFICIO AL JUZGADO DE MENDOZA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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Viedma, de mayo de 2013.-

A la Sra. Juez

Primer Juzgado de Procesos Concursales y Registros

Primera Circunscripción Judicial de Mendoza

Dra. Lucía Raquel Sosa

S / D.-

OFICIO Nº ____ /13.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en los autos caratulados: "FLAVORS & CIA. S.A. P/ CONC. PREV. (HOY QUIEBRA) S/ EXHORTO (1º Juzgado de Procesos Concursales y Registro de la 1º Circ. Jud. de Mendoza)" Expte. Nº 0268/2013 que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3, a mi cargo, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Ana Carolina Scoccia, con asiento en calle Laprida nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, a fin de requerirle proceda a informar a este Tribunal los domicilios de la Cooperativa Conesina Coopecom Ltda y de los sres. Facundo Blanco y Javier Paco, asimismo, acompañe las copias certificadas referenciadas en el oficio librado con fecha 27/03/13.-

El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: "Viedma, mayo de 2.013.- Por recibido. Sin perjuicio de la jurisdicción del juzgado y que el oficio no contiene los recaudos establecidos en el art. 3° incs. 3 y 5 de la Ley 22.172, dése cumplimiento a la presente rogatoria.- Toda vez que no se ha consignado el domicilio de la cooperativa donde debe constituírse la sra. Juez de Paz y los domicilios de las personas a notificar, ni se han acompañado las copias certificadas referenciadas en el oficio recibido, para su cumplimiento, líbrese el correspondiente oficio al Primer Juzgado de Procesos Concursales y Registro de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-

Saludo a Ud. atentamente.-

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