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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0226/2013
N° Receptoría: A-1VI-23-C2013
Fecha: 2013-05-09
Carátula: FRANCO ROMINA ANTONELLA C/ PESSACQ JOSE MARIA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: ART. 85 CPCC
EXPTE Nº 0226/2013
CARATULA: FRANCO ROMINA ANTONELLA C/ PESSACQ JOSE MARIA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
En la ciudad de Viedma, a los 09 días del mes de mayo de 2.013, siendo las 10:25 horas comparece a la sede de este Juzgado y en estos autos, la sra. Romina Antonella Franco, DNI nº 37.662.751. Abierto el acto por la Actuaria y explicado que fue el motivo del mismo, la compareciente manifiesta que encontrándose en trámite el beneficio de litigar sin gastos para iniciar la demanda por daños y perjuicios contra José María Pessacq y Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., y de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 del C.P.C.C., expresa que desea hacerse representar por abogado de la matrícula, cuya designación será ejercida por el Dr. Omar Fabricio Mallemaci, a los fines de la tramitación de los juicios de beneficio de litigar sin gastos y por daños y perjuicios. Con lo que terminado el acto, firman la compareciente, previa lectura y ratificación de la presente, por ante mí de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro