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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39496
Fecha: 2013-05-09
Carátula: ALVAREZ Mario Nestor S/ QUIEBRA
Descripción: Aclaración
Expte. 39496.-
//neral Roca, 09 de mayo de 2013.-j
Atento la aclaración solicitada a fs. 642 vta., hágase saber al Banco Hipotecario que, tal como se indica en providencia de fs. 578 y 583, el embargo es sobre el 50% de todo honorario regulado entre en el período 07/09/09 al 01/03/11 en las causas donde el intervino el Dr. Mario N. Alvarez.-
Por lo tanto, si los depósitos informados a fs. 604 y 618 ($3.000.- y $3.250.-) provienen de pagos de honorarios regulados en ese período, los mismos corresponden a fondos de la quiebra, respetando siempre el porcentaje de embargo (50%).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro