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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30370III
Fecha: 2006-04-25
Carátula: GARCIA Adrián y Otros S/ Quiebra (Antes Concurso)
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 25 de abril de 2006.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " GARCIA ADRIAN y OTROS s/ QUIEBRA " (Expte. Nº 30.370-III-97).-
Póngase el proyecto de distribución de fs.1547 a disposición de los interesados.-
Publíquense edictos por el término de DOS días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.-
Atento lo dispuesto por el art.218 de LCQ, regúlanse a cargo de la quiebra los honorarios profesionales del Cr. Diego Perez García en $ 2.220.- (M:B. $ 22.194,91.- arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212 y arts. 265 y 267 LCQ).-
Por la actividad cumplida a fs.898 y 940 por la Dra Marcela Adriana Saitta regúlanse los honorarios en $250.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Se fijan en $111.- la Contribución al Consejo Profesional de Ciencias Económicas por los aportes correspondientes al Cr. Diego Perez Garcia.-
TODO LO QUE ASI RESUELVO.- Not. y Reg.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro