Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0551/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-05-08

Carátula: GARCIA MANUEL JOSE Y KESSLER LILI ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: REG. HONORARIOS-PROV.

EXPTE. Nº : 0551/2012.-

CARATULA: "GARCIA MANUEL JOSE Y KESSLER LILI ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO".-

VIEDMA, de mayo de 2013.-

Por evacuada la vista a la Caja Forense, tiénese presente. Conforme lo peticionado a fs. 55, el estado y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Néstror I. Torres en la suma de $ 18.504 por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión. MB: $ 120.154,48. Coef.: 11% + 40%. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Proveyendo a fs. 59: Por evacuada la vista conferida. Tiénese presente y hágase saber que conforme lo dictaminado por la Agencia de Recaudación Tributaria deberá reponer en concepto de sellados de ley la suma de $ 7.940,55, importe calculado al 22-05-13; y la suma de $ 20 en concepto de tasa retributiva de servicios.-

Asimismo, óblese la suma de $ 512,18 en concepto de aportes al Colegio de Abogados y al Sitrajur, respectivamente.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro