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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0736/2012
Fecha: 2013-05-08
Carátula: ANDREUS CATALINA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONOR.-PROV.
EXPTE. N° 0736/2012
CARATULA: ANDREUS CATALINA S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de mayo de 2013.-
Por evacuada la vista a la Caja Forense, tiénese presente. Conforme lo peticionado a fs. 42, el estado y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Néstror I. Torres en la suma de $ 7.975 por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a la respectiva inscripción, con cargo a la sucesión. MB: $ 51.788,82. Coef.: 11% + 40%. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Proveyendo a fs. 44: Por evacuada la vista conferida. Tiénese presente y hágase saber que conforme lo dictaminado por la Agencia de Recaudación Tributaria deberá reponer en concepto de sellados de ley la suma de $ 2.489,17, importe calculado al 22-05-13.-
Asimismo, óblese la suma de $ 163,30 en concepto de aportes al Colegio de Abogados y al Sitrajur, respectivamente.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro