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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0612/2012
Fecha: 2013-05-07
Carátula: GENTILE JORGE NORBERTO C/ CANCINO FABIAN S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Descripción: DECRETO DE REBELDIA
EXPTE Nº 0612/2012
CARATULA: GENTILE JORGE NORBERTO C/ CANCINO FABIAN S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Viedma, de mayo de 2013.-
Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía. En consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio al demandado Fabian Cancino. Notifíquese.-
Tiénese presente el desistimiento formulado respecto del codemandado Herce, en consecuencia recaratúlanse las actuaciones.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro