Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0612/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-05-07

Carátula: GENTILE JORGE NORBERTO C/ CANCINO FABIAN S/ REIVINDICACION (Ordinario)

Descripción: DECRETO DE REBELDIA

EXPTE Nº 0612/2012

CARATULA: GENTILE JORGE NORBERTO C/ CANCINO FABIAN S/ REIVINDICACION (Ordinario)

Viedma, de mayo de 2013.-

Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía. En consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio al demandado Fabian Cancino. Notifíquese.-

Tiénese presente el desistimiento formulado respecto del codemandado Herce, en consecuencia recaratúlanse las actuaciones.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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