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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0685/2005
Fecha: 2006-04-24
Carátula: KRIGER JUAN PEDRO S/ SUCESION S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: SENT. DE EJEC. DE HONORARIOS y/o EJEC. SENTENCIA
Viedma, abril de 2006.- Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: KRIGER JUAN PEDRO S/ SUCESION S/ EJECUCION DE HONORARIOS, Expte. N° 0685/2005; y, CONSIDERANDO: Que el título es ejecutivo (art. 500, inc. 3° del C. Pr.).- Que habiéndose trabado embargo a fs. 10 y citado de venta a los ejecutado a fs. 11 y a fs. 12, los mismos no opusieron excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el art. 508 del C. Pr.).- RESUELVO: I.- Llevar adelante la ejecución en contra de los sres. María Valla y Juan Carlos Krieger, condenándolos a pagar al sr.Ricardo Dario Montanari la suma de $ 3.596 en concepto de honorarios, con más el interés que resulta de aplicar el promedio de las tas II.- Imponer las costas del presente juicio a los ejecutados (art. 68 del C. Pr.).- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Ricardo Darío Montanari, en la suma de $120 (3 jus) (arts. 8, 40 y 49 ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- e.z <*****> ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Poder Judicial de Río Negro