Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0243/2013

N° Receptoría: F-1VI-45-C2013

Fecha: 2013-05-03

Carátula: NEBIOLO MIGUEL ANGEL S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0243/2013.-

CARATULA: "NEBIOLO MIGUEL ANGEL S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de mayo de 2013

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de don MIGUEL ANGEL NEBIOLO.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Hágase saber que deberá reponer por Aporte al Colegio Abogados: $ 2 y Aporte al SITRAJUR (Ley 4459): $ 2.-

Asimismo, óblese la suma de $ 6 en concepto de diferencia pago mínimo del Bono Ley 2897.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro