include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39949
Fecha: 2013-05-03
Carátula: UNAICHE Estela Maris y otro C/ NUCERA Gerardo Claudio Andrés S/ ORDINARIO
Descripción: Intimación
Expte. 39949.-
//neral Roca, 03 de mayo de 2013.-j
Atento el importe fijado a fs. 256 para anticipo de gastos y la constancia de fs. 263, a la intimación solicitada no ha lugar y complétense los mismos.-
Según lo que surge del informe socio-ambiental (fs. 279), intímase a la parte actora para que en el término de cinco días acredite en autos el fallecimiento de la actora Sra. Estela M. Unaiche con la debida partida y asimismo comparezcan los herederos para continuar con el trámite, bajo apercibimiento de rebeldía. Not.-
Asimismo, acredítese si el Sr. Osvaldo Agustín Gonzalez está detenido y en su caso, si mantiene condena por más de tres años (art. 12 Cód. Penal).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro