Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 30356IV

N° Receptoría:

Fecha: 2013-05-03

Carátula: GALVAN Ruben C/ FERREYRA Abel Omar S/ EJECUTIVO

Descripción: vta. a despacho//caducidad

General Roca, 03 de mayo de 2.013s.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “GALVAN Ruben C/ FERREYRA Abel Omar S/ EJECUTIVO ” (EXPTE. N*30356IV ).-

Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,

RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-

Regulo los honorarios del Dr. Juan Carlos Gimenz, en $ 912.- (tres Jus) (MB: $ 8.183,80.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).-

Cúmplase con la Ley 869.

NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.-

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Poder Judicial de Río Negro