include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42229
Fecha: 2013-05-02
Carátula: CHISCANO Manuel y HERNANDEZ Clementina S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: regulacion por la tercera etapa PREVIO
General Roca, 2 de mayo de 2013.-g
I) Agréguese y del pago de impuestos y contribuciones realizado, vista a Rentas.-
II) Agréguese, téngase presente.-
III) Regulo por la primera y segunda etapa, los honorarios profesionales del Dr. Sebastián Orlando Rey en la suma de $ 6.000.- a cargo de los herederos.- (M.B. $ 61.823,22.- fs.42- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20 ,págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de inscribir el inmueble a nombre de los herederos, previo a la regulación por la tercera etapa,atento lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: LUCERO CIRILO S/SUCESIÓN C.A.21217 y MEHDI DAVID ROBERTO S/SUCESIÓN C.A.21235.-
Hàgase saber que el escrito de fs. 58 vta. no será proveído hasta tanto se presente en debida forma.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro