Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0607/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-30

Carátula: VELAZQUEZ JUAN RAMON Y OTRA C/ FERNANDEZ NELSON Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES

EXPTE. Nº 0607/2012

CARATULA: VELAZQUEZ JUAN RAMON Y OTRA C/ FERNANDEZ NELSON Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2013.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Agréguese la documental acompañada.-

Por contestada la citación como tercero dispuesta a fs. 85.-

Por opuesta excepción, de ella y de la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

A la citación en garantía estése a la ya dispuesta a fs. 85.-

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Rosana Calvetti

Juez

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