Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16047-088-11

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-30

Carátula: ARELLANO NORMA M / F.A.T.E.R. Y H. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)

Descripción: Por contestado traslado.

Expte. nro.: 16047-088-11

San Carlos de Bariloche, 30 de abril de 2013.-

A fs. 644/651. Por contestado traslado. Por constituido domicilio en la Alzada. Agréguese el poder acompañado. Intímase a su presentante a acompañar un juego de copias del mismo dentro del tercer día de notificado bajo apercibimiento de ley (art. 120 CPCC).

A fs. 652/655. Por contestado traslado. Por constituido domicilio en la Alzada. Intímase a su presentante a acompañar dos juegos de copias del mismo dentro del tercer día de notificado bajo apercibimiento de ley (art. 120 CPCC).

A fs. 648. Por ratificada gestión.

Hágase efectivo el apercibimiento del art. 288 CPCC respecto de Norma Mabel Arellano, téngase por constituido domicilio en los estrados del Superior Tribunal.

EDGARDO CAMPERI

Presidente

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